{"id":4201,"date":"2024-04-30T22:19:59","date_gmt":"2024-05-01T01:19:59","guid":{"rendered":"https:\/\/enlamira.info\/?p=4201"},"modified":"2024-04-30T22:38:25","modified_gmt":"2024-05-01T01:38:25","slug":"ganancias-como-quedarian-las-nuevas-escalas-del-impuesto-de-ser-aprobado-en-el-senado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/2024\/04\/30\/ganancias-como-quedarian-las-nuevas-escalas-del-impuesto-de-ser-aprobado-en-el-senado\/","title":{"rendered":"Ganancias: c\u00f3mo quedar\u00edan las nuevas escalas del impuesto de ser aprobado en el Senado"},"content":{"rendered":"\n<p>De acuerdo a la iniciativa, que recibi\u00f3 el apoyo de la C\u00e1mara de Diputados, los trabajadores con un sueldo bruto de hasta $1.800.000 quedar\u00edan eximidos del tributo.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta tarde, la C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3 la\u00a0reintroducci\u00f3n del\u00a0Impuesto a las Ganancias\u00a0para trabajadores en relaci\u00f3n de dependencia, revocando la eliminaci\u00f3n que hab\u00eda sido instaurada a fines del a\u00f1o pasado. La votaci\u00f3n a favor de la restituci\u00f3n de la cuarta categor\u00eda de Ganancias obtuvo 132 votos positivos y 113 negativos.<\/p>\n\n\n\n<p>La medida, que ahora busca su ratificaci\u00f3n final en el\u00a0Senado, se trata de una de las claves con las que el Gobierno busca mantener el super\u00e1vit fiscal. Cabe recordar que, tras la eliminaci\u00f3n de la cuarta categor\u00eda de Ganancias, se exim\u00eda del pago del tributo a m\u00e1s de 800.000 contribuyentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Bajo\u00a0el nuevo esquema propuesto, los empleados con un sueldo bruto de hasta $1.800.000 anuales \u2013equivalentes a una remuneraci\u00f3n neta de $1.494.000\u2013, estar\u00e1n exentos de este tributo, marcando el umbral del sector que se suele llamar \u201cel m\u00ednimo no imponible para empleados solteros\u201d. As\u00ed, este cambio introduce 17 nuevas categor\u00edas salariales sujetas a distintas al\u00edcuotas.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"992\" height=\"606\" src=\"https:\/\/enlamira.info\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/image-38.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-4202\" srcset=\"https:\/\/enlamira.info\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/image-38.png 992w, https:\/\/enlamira.info\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/image-38-300x183.png 300w, https:\/\/enlamira.info\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/image-38-768x469.png 768w\" sizes=\"(max-width: 992px) 100vw, 992px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Sebasti\u00e1n Dom\u00ednguez, de<em>\u00a0SDC Asesores Tributarios<\/em>, analiz\u00f3 en detalle las\u00a0implicaciones fiscales\u00a0que se incorporar\u00edan en el caso de empleados solteros y solteros con dos hijos.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p>Por ejemplo, un asalariado soltero sin deducciones adicionales y con un salario bruto de $3.200.000 pagar\u00eda mensualmente $247.564,83 en concepto de Ganancias. Ahora bien, si el empleado tiene dos hijos menores de 18 a\u00f1os, la carga impositiva se reduce a $189.796,73. De esta forma, el tributo equivaldr\u00eda al 7,7% del sueldo bruto en el primer caso y al 5,9% en el segundo. En tanto, en el caso de un trabajador casado con dos hijos menores a cargo, el pago por Ganancias ser\u00e1 de $133.999,98, el 4,2% de su salario bruto.<\/p>\n\n\n\n<p>Para aquellos con ingresos m\u00e1s altos, como un sueldo bruto de $5.100.000, el impuesto podr\u00eda ascender a $821.050 mensuales para un soltero sin hijos, mientras que para un empleado en la misma situaci\u00f3n pero con dos hijos, el pago se reduce a $735.408,07.&nbsp;En esos supuestos, el impuesto representar\u00eda el 16,1% y el 14,4%, respectivamente, de la remuneraci\u00f3n bruta. Por su parte, para un empleado casado con dos hijos menores a cargo, el pago por Ganancias ser\u00e1 de $659.999,97, el 12,9% de su salario bruto.<\/p>\n\n\n\n<p>Si el&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.nexofin.com\/notas\/1143737-victoria-villarruel-creo-una-comision-para-auditar-a-los-empleados-del-senado-n-\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Senado<\/a>&nbsp;aprueba este proyecto, la estructura impositiva se ajustar\u00e1 de manera que los asalariados comenzar\u00e1n a pagar Ganancias a partir de un sueldo bruto mensual de $1.800.000 (en t\u00e9rminos netos, es un salario de $1.494.000), si no aplican deducciones por c\u00f3nyuge o hijos, entre otros posibles descuentos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de un empleado soltero que tenga dos hijos menores a 18 a\u00f1os declarado a su cargo, el salario bruto m\u00e1s bajo alcanzado por el impuesto ser\u00eda de $2.100.000, que equivale a un sueldo neto de 1.781.277,39 pesos. En el caso de un empleado casado con dos hijos menores a cargo, estar\u00e1 eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $2.400.000, es decir un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"992\" height=\"441\" src=\"https:\/\/enlamira.info\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/image-39.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-4203\" srcset=\"https:\/\/enlamira.info\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/image-39.png 992w, https:\/\/enlamira.info\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/image-39-300x133.png 300w, https:\/\/enlamira.info\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/image-39-768x341.png 768w\" sizes=\"(max-width: 992px) 100vw, 992px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>En lo que respecta a las escalas de al\u00edcuotas, tal como aparece en el borrador, ser\u00e1n m\u00e1s progresivas, con tasas que oscilan entre el 5% y el 35%. La tasa m\u00e1xima se aplicar\u00e1 a partir de un ingreso de $36,450,000 en adelante.<\/p>\n\n\n\n<p>Los tramos de las escalas presentan un incremento de entre un 32,07% y un 150,73% en comparaci\u00f3n con el proyecto de Ley presentado por el Gobierno al Congreso en enero pasado.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, el proyecto establece que las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se ajustar\u00e1n anualmente seg\u00fan la variaci\u00f3n del\u00a0\u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC)\u00a0elaborado por el Indec, comparando octubre del a\u00f1o anterior con octubre del a\u00f1o anterior.<\/p>\n\n\n\n<p>Las deducciones personales aumentar\u00e1n entre un 183,75% y un 186,65%, y no habr\u00e1 cambios en la deducci\u00f3n especial para determinados jubilados y pensionados, que se mantendr\u00e1 en 8 haberes m\u00ednimos garantizados.<\/p>\n\n\n\n<p>Con el nuevo proyecto, se eliminan deducciones por gastos de movilidad, vi\u00e1ticos y otras compensaciones, as\u00ed como tambi\u00e9n la deducci\u00f3n por material did\u00e1ctico que se paga a docentes, entre otras. Asimismo, se deroga el incremento del 22% de las deducciones personales para los empleados y jubilados que residen en la zona patag\u00f3nica.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, se eliminan exenciones para el Sueldo Anual Complementario, m\u00e1s conocido como aguinaldo, as\u00ed como tambi\u00e9n para la diferencia del valor de las horas extras y el de horas trabajadas en d\u00edas feriados, inh\u00e1biles y durante los fines de semana, para determinados suplementos correspondientes al personal militar y para guardias obligatorias y horas extras realizadas por los profesionales, t\u00e9cnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>De acuerdo a la iniciativa, que recibi\u00f3 el apoyo de la C\u00e1mara de Diputados, los trabajadores con un sueldo bruto de hasta $1.800.000 quedar\u00edan eximidos del tributo. 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