{"id":21197,"date":"2026-02-10T00:03:00","date_gmt":"2026-02-10T03:03:00","guid":{"rendered":"https:\/\/enlamira.info\/?p=21197"},"modified":"2026-02-10T22:54:41","modified_gmt":"2026-02-11T01:54:41","slug":"berazategui-le-dieron-perpetua-por-asesinar-a-una-abuela-pero-ahora-le-bajaran-la-pena","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/2026\/02\/10\/berazategui-le-dieron-perpetua-por-asesinar-a-una-abuela-pero-ahora-le-bajaran-la-pena\/","title":{"rendered":"Berazategui: le dieron perpetua por asesinar a una abuela pero ahora le bajar\u00e1n la pena"},"content":{"rendered":"\n<p>La Sala II del Tribunal de Casaci\u00f3n de la Provincia de Buenos Aires con la firma de los jueces Mar\u00eda Florencia Budi\u00f1o y Fernando Mancini resolvi\u00f3 en una pol\u00e9mica decisi\u00f3n casar las sentencias de prisi\u00f3n perpetua de las autoras del homicidio de la vecina de Berazategui, Margarita Toledo, la abuela a la que mataron de 18 pu\u00f1aladas y dejar sin efecto los agravantes de \u201calevos\u00eda y ensa\u00f1amiento\u201d; en consecuencia encuadr\u00f3 los hechos como \u201chomicidio simple\u201d, es decir una pena m\u00e1s leve, y reenvi\u00f3 la causa al Tribunal Oral N\u00b03 de Quilmes que deber\u00e1 fijar una nueva audiencia para determinar la sanci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Vale recordar que tanto B\u00e1rbara Cimiotta como Mariel Sauvage hab\u00edan sido condenadas a prisi\u00f3n perpetua en juicios desarrollados por la Justicia del Departamento Judicial de Quilmes por ser responsables de \u201chomicidio agravado por ensa\u00f1amiento y alevos\u00eda\u201d; uno de los debates fue por jurados, es decir 12 ciudadanos y el otro con jueces t\u00e9cnicos, todos fueron coincidentes en torno a las autor\u00edas de las homicidas como los elementos de prueba en torno al feroz ataque a la fallecida, sin embargo los dos magistrados de Casaci\u00f3n consideraron dejar sin efecto los agravantes. Cabe recordar que el crimen de Toledo tuvo lugar en un departamento del primer piso de un complejo de edificios del Barrio Ducilo ubicado en calles 5 y 157, de Berazategui.<\/p>\n\n\n\n<p>Tal consta en la causa judicial, un llamado al 911 alert\u00f3 a\u00f1os atr\u00e1s que la anciana hab\u00eda sido atacada durante un presunto robo, por lo que esa fue la hip\u00f3tesis inicial que manejaron los primeros polic\u00edas que arribaron a la escena del crimen, quienes hallaron a la v\u00edctima a\u00fan con vida. La vecina presentaba m\u00faltiples heridas de arma blanca en el cuello, t\u00f3rax, abdomen y brazos tras haber sido apu\u00f1alada con un arma blanca, similar a un cuchillo o una faca. Luego se supo a partir de los juicios que la motivaci\u00f3n hab\u00eda sido diferencias de una de las imputadas con el hijo de la fallecida que deriv\u00f3 en el ataque mortal; en ambos debates los elementos de prueba fueron contundentes en contra de las mencionadas por medio de reconocimientos de las c\u00e1maras de seguridad ubic\u00e1ndolas en tiempo y espacio al momento de los hechos.<\/p>\n\n\n\n<p>En su voto la doctora Budi\u00f1o tras un pormenorizado an\u00e1lisis indic\u00f3 que \u201cno se encuentra una adecuada explicaci\u00f3n y fundamentaci\u00f3n en el fallo atacado, habr\u00e9 de proponer al acuerdo desaplicar las agravantes de \u201calevos\u00eda\u201d y \u201censa\u00f1amiento\u201d reguladas por el art. 80 inc. 2\u00b0 del CP, y calificar el hecho como homicidio en los t\u00e9rminos del art. 79 del CP, circunstancia que torna abstractos los planteos encaminados a cuestionar la determinaci\u00f3n de la sanci\u00f3n aplicada y su constitucionalidad, por cuanto estos se ven l\u00f3gicamente afectados por la decisi\u00f3n que aqu\u00ed se sugiere\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En definitiva, \u201cpropongo al acuerdo hacer lugar parcialmente al recurso de casaci\u00f3n; excluir las circunstancias agravantes de alevos\u00eda y ensa\u00f1amiento (contempladas por el art. 80 inc. 2 del CP), y recalificar el hecho como constitutivos de homicidio en los t\u00e9rminos del art. 79 del C.P., reenviando las actuaciones al Tribunal de origen (Tribunal Oral N\u00b03 de Quilmes) a fin de que, debidamente integrado, determine la pena que corresponde imponer a la causante de conformidad con la nueva escala aplicable\u201d. <\/p>\n\n\n\n<p>La pena para el homicidio simple contempla sanciones de 8 a 25 a\u00f1os de prisi\u00f3n; por otra parte la Sala II orden\u00f3 que se establezca una pena \u00fanica en una nueva audiencia para lo cual el tribunal deber\u00e1 fijar de acuerdo a la disponibilidad de fechas del \u00f3rgano de primera instancia.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo la fiscal ante el Tribunal de Casaci\u00f3n Penal de la Provincia de Buenos Aires, doctora Daniela Elizabeth Bersi, realiz\u00f3 la reserva para recurrir el fallo ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, pero para que ello ocurra primero el juzgado de primer instancia, es decir el TOC 3 de Quilmes debe convocar a una audiencia y aplicar la pena por homicidio simple para B\u00e1rbara Cimiotta y Mariel Sauvage, es decir entre 8 y 25 a\u00f1os de prisi\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Sala II del Tribunal de Casaci\u00f3n de la Provincia de Buenos Aires con la firma de los jueces Mar\u00eda Florencia Budi\u00f1o y Fernando Mancini resolvi\u00f3 en una pol\u00e9mica decisi\u00f3n casar las sentencias de prisi\u00f3n perpetua de las autoras del homicidio de la vecina de Berazategui, Margarita Toledo, la abuela a la que mataron de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":21193,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1,126],"tags":[28],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21197"}],"collection":[{"href":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=21197"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21197\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":21198,"href":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21197\/revisions\/21198"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/21193"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=21197"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=21197"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/enlamira.info\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=21197"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}