El Gobierno habilitó a AySA los cortes del servicio por falta de pago, pero la Justicia suspendió por seis meses los artículos del DNU.

Corte de servicio Aysa

La Justicia suspendió por seis meses los artículos del DNU 493/2025 que habilitaban el corte del servicio de agua potable y desagües cloacales a usuarios residenciales por falta de pago.

El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín, a cargo de la jueza Martina Isabel Forns, resolvió suspender por seis meses la aplicación de los artículos del DNU que habilitaban a las concesionarias de agua y saneamiento a cortar totalmente el servicio a usuarios residenciales.

La medida alcanza a todos los inmuebles habitados del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) en la zona servida por AySA, “con especial protección a aquellos donde residen niños, personas adultas mayores o personas con discapacidad”, informaron.

La resolución ordena, además, el restablecimiento inmediato del servicio en caso de que se hubiera interrumpido.

La demanda impulsada por Unión de Usuarios y Consumidores y Consumidores Libres sostuvo que el decreto significaba una “regresión normativa grave, vulnerando el derecho humano al agua, la salud pública y el ambiente, priorizando criterios de rentabilidad por encima de la función social de los servicios públicos esenciales”.

En su fallo, la jueza Forns remarcó que el acceso al agua potable y al saneamiento es un derecho humano fundamental reconocido por la Constitución y por tratados internacionales.

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