La defensa del ex presidente había pedido que se aparte al juez federal porque existía una “enemistad” previa. Sin embargo la Cámara de Casación Penal ratificó al magistrado que seguirá al frente de la investigación.
Una nueva mala noticia recae sobre el ex presidente Alberto Fernández, en medio del escándalo desatado tras la denuncia por violencia de género por parte de su ex pareja, Fabiola Yáñez. Esta vez, tiene que ver con la causa que lo investiga por corrupción a través de los seguros del Banco Nación (BNA).
Es que la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, rechazó este miércoles, el pedido de recusación de la defensa del ex mandatario contra el juez federal Julián Ercolini, y dispuso que continúe al frente del expediente por defalco al Estado, que compromete a Fernández, su secretaria privada, María Cantero y el esposo de esta Héctor Martínez Sosa, entre otros 13 ex funcionarios.
El abogado que representa al ex jefe de Estado en la causa, había solicitado que se aparte a Ercolini de la investigación, por considerar que existía una “enemistad” previa por parte del magistrado hacia Alberto, con quien había compartido espacio laboral dentro de la carrera de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) en donde ambos se desempeñaban como profesores.
Sin embargo, el juez Gustavo Hornos consideró que el reclamo no se encontraba fundado en situación o actitud alguna del magistrado para con el recusante que pudiera revelar temor de parcialidad. Por lo que se autorizó a Ercolini a continuar con su tarea.
El camarista tuvo en cuenta además, que el propio juez federal había negado que exista mala intención previa, al aclarar “no poseer ningún prejuicio de ese tipo, a lo que agregó que la parte no había aportado elementos objetivos suficientes que desvirtúen ese rechazo”, según el fallo reciente.
“El pedido tergiversaría y minimizaría el verdadero sentido de la norma, que impone la invocación de causales serias de recusación y no simples alegaciones hipotéticas y abstractas, lo que tendría resultados negativos para el correcto servicio de administración de justicia, propio del sistema republicano que expresamente adopta nuestra Constitución Nacional, como el permitir la conformación de tribunales a gusto del pretendiente”, concluyó el camarista en su sentencia.